Verifactu se retrasa a octubre de 2028: nuevo calendario para empresas

Respuesta rápida: Hacienda ha aplazado Verifactu hasta octubre de 2028. Es el tercer retraso del sistema y deja sin efecto las fechas de enero y julio de 2027. El motivo es hacerlo coincidir con la factura electrónica obligatoria. Las exigencias técnicas siguen igual: registros inalterables, trazabilidad y código QR en las facturas.

Para la mayoría de empresas, el anuncio supone casi dos años más de margen. Lo que cambia es el calendario. Lo que viene después, no.

¿Qué ha aprobado Hacienda y desde cuándo se aplica?

El 5 de octubre de 2026, el Ministerio de Hacienda publicó una nota informativa que aplaza las obligaciones pendientes del Real Decreto 1007/2023, el reglamento de los sistemas informáticos de facturación, hasta octubre de 2028.

Las dos fechas que marcaba el Real Decreto-ley 15/2025 desaparecen:

  • 1 de enero de 2027, para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.
  • 1 de julio de 2027, para el resto de empresas y profesionales.

En su lugar queda una única fecha para todos: octubre de 2028.

Conviene seguir el proceso de cerca. El anuncio se ha hecho por nota informativa y la norma que lo formalice está pendiente de publicarse en el BOE. La dirección está clara, aunque el texto definitivo fijará los detalles.

¿Por qué Hacienda ha vuelto a mover la fecha?

Para que Verifactu y la factura electrónica obligatoria entren en vigor el mismo día. Hacienda quiere evitar que una pyme tenga que cambiar su sistema de facturación dos veces en menos de dos años.

El mismo 5 de octubre se publicó la Orden HAC/1028/2026, que desarrolla la solución pública de factura electrónica y pone el contador en marcha:

  • 12 meses para quienes facturaron más de 8 millones de euros el año anterior, es decir, octubre de 2027.
  • 24 meses para el resto de empresas y profesionales, es decir, octubre de 2028.

Detrás está la directiva europea ViDA (VAT in the Digital Age), que marcará el calendario del reporte digital del IVA en toda la UE durante la próxima década.

¿Cuántas veces se ha retrasado Verifactu? La cronología completa

Son tres aplazamientos en tres años. Esta es la secuencia:

FechaQué ocurrióNorma
Diciembre 2023Se aprueba el reglamento con fecha única: 1 de julio de 2025RD 1007/2023
Abril 2025Primer aplazamiento: 1 de enero y 1 de julio de 2026RD 254/2025
Diciembre 2025Segundo aplazamiento: 1 de enero y 1 de julio de 2027RD-ley 15/2025
Octubre 2026Tercer aplazamiento: fecha única en octubre de 2028Nota informativa de Hacienda

Hay un plazo que nunca se ha movido. Desde el 29 de julio de 2025, los fabricantes y comercializadores de software de facturación solo pueden vender productos plenamente adaptados al reglamento.

Eso tiene una lectura práctica para tu empresa: si contrataste o renovaste tu programa de facturación después de esa fecha, debería estar ya adaptado. Si tu proveedor no te lo confirma por escrito, ahí tienes el primer punto que revisar.

¿Qué sigue siendo obligatorio pese al retraso?

El aplazamiento toca el calendario y deja intacto el contenido del reglamento. Tu sistema de facturación tendrá que garantizar igualmente:

  • Integridad e inalterabilidad de los registros de facturación.
  • Conservación, accesibilidad y legibilidad de la información durante el plazo legal.
  • Trazabilidad, con encadenamiento de registros, huella digital y sello de tiempo.
  • Código QR en todas las facturas emitidas.

El programa que usas hoy seguirá teniendo que cambiar. Solo que más tarde.

Verifactu y factura electrónica: ¿en qué se diferencian?

Es la duda que más repiten las empresas que nos llaman. Según una encuesta publicada en octubre de 2026 y recogida por La Razón, cuatro de cada diez pymes y autónomos no distinguen entre ambas obligaciones. Son dos cosas distintas:

VerifactuFactura electrónica
Qué regulaCómo se comporta tu softwareEl formato y el canal de la factura
Con quién te relacionaCon la Agencia TributariaCon clientes y proveedores
De dónde vieneReal Decreto 1007/2023Ley Crea y Crece
Señal visibleCódigo QR en la facturaFormato estructurado (Facturae, UBL)

Una empresa puede cumplir con una y seguir incumpliendo la otra. Desde octubre de 2028 tendrá que cumplir con las dos a la vez. Saber qué parte de tu operativa afecta a cada obligación es el análisis que hacemos con nuestros clientes mucho antes de que llegue la fecha.

¿Afecta Verifactu a las empresas de Catalunya, Aragón y La Rioja?

Sí, de forma íntegra. Verifactu es una norma de territorio común, de modo que se aplica igual en Catalunya, Aragón y La Rioja que en el resto de comunidades de régimen común.

Quedan fuera los territorios forales. El País Vasco aplica TicketBAI y Navarra desarrolla su propio sistema. Son modelos distintos, con calendarios distintos.

Esto importa más de lo que parece si tu empresa factura fuera de su comunidad. Una empresa de Lleida o de Zaragoza que vende a un cliente vasco, o que tiene un establecimiento en Navarra, puede acabar conviviendo con dos sistemas en paralelo.

Hay un segundo filtro que muchas empresas desconocen: las que ya están en el Suministro Inmediato de Información (SII) quedan fuera del ámbito de Verifactu. Comprobar en cuál de los dos grupos estás evita trabajo y gasto innecesarios.

Dos años de margen, dos formas de gastarlos

En nuestro despacho ya hemos visto las dos:

  • Quien lo aprovecha revisa ahora el software, pide confirmación al proveedor, ordena series y circuitos de facturación, y llega a 2028 sin sobresaltos ni presupuestos de urgencia.
  • Quien lo aparca se encuentra en el verano de 2028 con proveedores saturados, precios al alza y tres meses para resolverlo.

Hay un detalle que casi nadie anticipa. Cambiar de sistema de facturación rara vez es solo cambiar de programa. Toca la contabilidad, la numeración de series, las rectificativas, los enlaces con el TPV o el ERP, y la rutina diaria del equipo administrativo.

Cinco preguntas para saber si tu empresa está preparada

  1. ¿Tu programa de facturación será compatible con Verifactu? ¿Lo tienes confirmado por escrito?
  2. ¿Emites alguna factura con hojas de cálculo o plantillas propias?
  3. ¿Gestionas varias sociedades, series o establecimientos?
  4. ¿Estás dentro o fuera del SII?
  5. ¿Qué pasará cuando tus clientes grandes empiecen a exigir factura electrónica en octubre de 2027?

Si alguna te ha hecho dudar, ese es el punto por el que empezar.

Preguntas frecuentes sobre el aplazamiento de Verifactu

¿Verifactu se ha anulado?

No. Se aplaza su exigibilidad hasta octubre de 2028. La obligación y los requisitos técnicos siguen vigentes.

¿Cuántas veces se ha retrasado Verifactu?

Tres. La fecha original era julio de 2025, luego pasó a 2026, después a 2027 y ahora a octubre de 2028.

¿Tengo que hacer algo ahora mismo?

No hay obligación inmediata. Sí hay una decisión que conviene tomar pronto: confirmar la compatibilidad de tu software y planificar la adaptación con tiempo.

Si ya he adaptado mi sistema, ¿he perdido el dinero?

No. Un sistema adaptado cumple de sobra y te sitúa por delante. Buena parte de esa inversión sirve también para la factura electrónica.

¿Afecta igual a una sociedad que a un autónomo?

La fecha es la misma para ambos desde este aplazamiento. El impacto operativo cambia mucho según el volumen de facturas, el sector y los sistemas que ya se usen.

¿Cuándo tendré que emitir factura electrónica?

En octubre de 2027 si facturas más de 8 millones de euros al año. En octubre de 2028 en el resto de casos.

¿Aplica Verifactu en Catalunya, Aragón y La Rioja?

Sí. Las tres son territorio común, de modo que el reglamento se aplica en su totalidad.

Revisa ahora tu facturación y llega a 2028 sin prisas

El aplazamiento de Verifactu abre una ventana de casi dos años para decidir con calma, comparar proveedores y adaptar procesos sin coste de urgencia.

Llevamos meses analizando el impacto de Verifactu y de la factura electrónica en empresas de todos los tamaños y sectores, desde sociedades con varios establecimientos hasta despachos profesionales que facturan desde una hoja de cálculo. Cada caso parte de un punto distinto.

Cuéntanos cómo facturas hoy y te decimos qué tendrás que cambiar antes de 2028. Primera consulta sin compromiso.

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