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Te deduces el 120% de lo que aportas a un espectáculo.

Si tu empresa o tu actividad como autónomo tiene beneficios este año, puedes financiar una producción y aplicarte la deducción que la compañía no puede usar. Aportas 10.000 € y te restas 12.000 € del impuesto.

  • Sirve para una sociedad en el Impuesto sobre Sociedades y para un autónomo en su IRPF.
  • Firmas un contrato de financiación: no entras en el capital de la compañía.
  • La deducción se calcula sobre los costes del espectáculo, no sobre lo que recaude en taquilla.
  • Te proponemos la compañía: ya es cliente nuestra y hemos revisado sus números.
  • No tienes que cambiar de asesoría: le pasamos a la tuya el expediente completo.
Lee cómo funciona, con ejemplos, en nuestro blog

Calcula tu ahorro

Quiero aplicarme la deducción en
La cuota es el impuesto que te sale antes de aplicar deducciones. Si no la sabes: beneficio × 25% (las empresas más pequeñas pagan menos). Te la calculamos.
  • Deducción que puedes aplicartehasta el 50% de la cuota12.500 €
  • Aportación a la produccióndeducción ÷ 1,2010.417 €
  • Ahorro neto en tu impuesto20% de lo que aportas2.083 €
Quiero financiar una producción

Orientativo. Tu deducción no puede superar la que te cede la compañía y las partes no pueden estar vinculadas. Lo calculamos con tus números.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede financiar una producción?

Una empresa que tributa en el Impuesto sobre Sociedades o un autónomo con actividad económica en el IRPF que tenga impuesto a pagar este año. No hace falta tener relación con el sector cultural. Financiador y compañía no pueden estar vinculados.

¿Cuánto me ahorro?

Te deduces el 120% de lo que aportas. Si aportas 10.000 € a una producción, te restas 12.000 € del impuesto: 2.000 € de ahorro neto.

¿Dependo de que el espectáculo funcione en taquilla?

No. La deducción se calcula sobre los costes de producción y exhibición, no sobre la recaudación. Lo importante es que la operación esté bien hecha: certificado del INAEM, costes correctos y plazos. Por eso revisamos los números de la compañía antes de proponértela.

¿Hay un límite de deducción?

Normalmente puedes aplicarte hasta el 50% de tu cuota. Lo que no puedas aplicarte este año se aplica en los 15 años siguientes.

¿Qué tengo que hacer yo?

Firmar el contrato de financiación y hacer la transferencia a la compañía antes del 31 de diciembre. El resto lo preparamos nosotros, y si tienes otra asesoría le pasamos la documentación.

¿Quieres financiar una producción este año?

Dinos tu cuota prevista y te proponemos una compañía antes del 31 de diciembre.